Coronavirus

Lugares y actividades que podrán operar durante el horario de restricción

El horario de restricción en el estado de Chihuahua es de 7 p.m. a 6 a.m.

El gobernador del estado de Chihuahua, Javier Corral, estableció un horario de restricción que cancela la mayoría de las actividades de las comunidades chihuahuenses en un horario de 7 p.m. a 6 a.m. debido a la pandemia por el COVID-19.

Sin embargo, las autoridades dieron a conocer una serie de actividades y establecimientos que podrán operar durante el horario de restricción:

  • Salud, todos los servicios hospitalarios y equipos médicos, privados o públicos.
  • Clínicas, laboratorios, rayos X, veterinarias y farmacias que operen en local independiente. Permanecerán cerradas las que operan dentro de centros comerciales cerrados, tiendas departamentales, supermercados y bodegas.
  • Abarrotes, carnicerías, cremerías, panaderías, tortillerías y tiendas de conveniencia con mes de 300 metros cuadrados de área comercial. Permanecerán cerradas las que operan en tiendas departamentales, supermercados y bodegas.
  • Producción de procesos, empaque y distribución de alimentos de la canasta básica y perecederos.
  • Servicios de seguridad, públicos y privados, procuración e impartición de justicia.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de generación y suministro de energía, agua y telecomunicaciones (solo conexión y mantenimiento de las redes de telecomunicación), públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Ajustadores de compañías aserguradoras.
  • Restaurantes, únicamente con servicio a domicilio, así como servicios de plataformas digitales que transiten para este fin. Fuera de estos casos, no se permite la recolección de pedidos en el establecimiento o los pedidos para llevar.
  • Hoteles sin actividad en áreas comunes.
  • Gasolineras y gaseras.
  • Servicios funerarios.
  • Obra pública.
  • Aeropuertos, servicio ferroviario, carreteras y terminales de autobuses.
  • Transporte, en términos de lo previsto en el presente acuerdo.
  • Minería.
  • Servicios públicos municipales.
  • La actividad industrial en el estado, con el aforo y restricciones previstas en el semáforo correspondiente, podrá laborar de lunes a viernes sin restricción de horario y deberá suspender actividades sábado y domingo.
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